Hermana que se masturbó durante el ayuno
Pregunta: Cuando tenía 14 y 15 años de edad acostumbraba masturbarme durante en día en el bendito mes de Ramadán por un número de días. No sé cuantos. Yo era ignorante acerca de que esto fuera Haram en Ramadán y en otros meses y acostumbraba ser ignorante de que esto fuera conocido como masturbación. Así que acostumbraba hacer ablución y rezar sin hacer la purificación ritual (ghusl). ¿Cuál es la regla respecto a mis oraciones y ayunos? ¿Es obligatorio para mí el repetir la oración y el ayuno, sabiendo que no sé cuántos días hacer esto? ¿Qué es obligatorio para mí?
Respuesta: Primeramente: es impermisible (Haram) el masturbarse (usar la mano de uno en tal manera como para satisfacer los deseos de uno, resultando en la excreción de esperma, o para las hermana, como es en este caso, cualquier descarga). ¡Durante el mes de Ramadán lo es aún más!
Segundamente: es obligatorio sobre ustedes el recuperar los días que rompieron el ayuno debido a la masturbación, porque esta (acción) nulifica en ayuno. También, procuren trabajar duro en cuántos días fue que ustedes rompieron su ayuno.
Terceramente: es obligatorio hacer expiación alimentando a una persona necesitada con un medio saad de cebada o lo que sea similar a ello de lo cual sea aceptado como la norma en la tierra. Esto es también para cada día que ustedes perdieron si ustedes retrasaron su ayuno hasta la llegada del siguiente Ramadán.
Cuartamente: Es obligatorio el lleva a cabo el ghusl si ustedes se masturbaron como han declarado, y no es suficiente hacer ablución si cualquier líquido fue excretado.
Quintamente: es obligatorio hacer las oraciones las cuales ustedes rezaron sin llevar a cabo el ghusl porque la purificación menor no es suficiente en lugar de la purificación mayor.
Y con Alláh yace todo el éxito, y que Alláh envíe oraciones y salutaciones sobre nuestro Profeta Muhammad (SAW) y su familia y sus Compañeros.
El Comité Permanente para la Investigación Islámica y Fatwa, comprendiendo:
Presidente: Sheik Abdul Aziz ibn Abdullah ibn Baz;
Presidente Diputado: Sheik Abdur-Razaq Afifi;
Miembro: Sheik Abdullah Ibn Ghudayan
Fatwa Ramadan, Volumen 2, Página 449, Fatwa No. 376;
Fatwa al-Lajnah ad-Daimah lil-Buhuth al-Ilmiyah wal-Ifta, Fatwa No. 10551.
Tomado de: http://fatwaonline.com
Traducido por: Musa Abdullah Reyes H.


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